El TEDH paraliza un deshaucio de una madre soltera con dos pequeños

 


El Tribunal de derechos humanos de Estrasburgo ha paralizado el deshaucio de una madre soltera de 24 años y con dos hijos pequeños a su cargo, a buenas horas se le ocurre hacer su trabajo al tribunal y defender los derechos humanos que están siendo pisoteados en España, pero al menos esperemos que esto sirva como precedente y cesen, o por lo menos disminuyan estos atentados terroristas contra la población más indefensa ante el nuevo nazismo imperante en Europa. Ocupaban "irregularmente" una vivienda vacía del Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) en la zona de Vallecas desde hace tres años. La madre explica haberse visto en la tesitura de ocupar este piso después de haber solicitado en reiteradas ocasiones a las autoridades competentes una solución habitacional sin obtener ninguna respuesta. Por lo visto a estos ultracatólicos les gusta mucho defender la familia y sus valores, pero no es más que pura hipocresía, les importa la familia sí, pero la suya, el que una madre soltera y sin recursos a cargo de niños pequeños se quede en la puta rue les importa menos que cuando pisan una cucaracha, como hemos podido comprobar durante 40 años de dictadura sangrienta, nosotros, la clase obrera sólo servimos para servirles a ellos y callar o arriesgarse a ser torturado, encerrado y defenestrado.

La Comunidad de Madrid dictó en febrero de 2011 un acto administrativo por el que acordaba la “recuperación posesoria” de la vivienda y un juzgado de lo Contencioso-Administrativo acordó proceder a la expulsión a pesar de las alegaciones del abogado de la familia, César Pinto Cañón (Abogados Díaz Pinto), designado por el turno de oficio en mitad del proceso. Pinto procedió entonces a interponer un recurso de apelación, “pero éste no suspende la ejecución del acto de entrada”, explica a DIAGONAL. Cuando el caso parecía irremediablemente resuelto a favor del IVIMA, el letrado decidió recurrir a una última opción: el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, que tiene el poder de actuar cuando se haya producido o se vaya a producir la violación de un derecho fundamental. A pesar de las alegaciones del abogado sobre la situación económica de la familia ha deshauciar la Comunidad de Madrid continuó a delante con el deshaucio sin importarles a sus dirigentes que dos niños pequeños se quedaran a la intemperie.
 
¿Qué sería lo siguiente? pues probablemente la madre perdería la guardia custodia de sus hijos por no poder darles techo, no sólo pierde el sitio donde poder refugiarse esta madre sin recursos y darles cobijo a sus hijos, un derecho que todo ser humano debería tener por el simple hecho de nacer, además el estado nazi le robará a sus hijitos por ser pobre, ha este paso el próximo año será 1984 y no 2014, si permitimos que continuen estos atentados terroristas contra la población más debil e indefensa de este país en el que sólo parece que importa el balón de oro de Messi o los próximos fichajes del Betis.

<<El 6 de diciembre remití vía fax al TEDH una solicitud de medida cautelar de suspensión urgente ante la grave situación de la familia en precariedad económica y exclusión social>>, explica Pinto, que alegó una posible vulneración del artículo 3 del Convenio de Roma [Convenio Europeo de Derechos Humanos], que establece que “nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”, además del artículo 8, que hace referencia a la protección de la familia. “Alegamos tratos inhumanos y degradantes porque se deja a una familia con menores en la calle sin adoptar ninguna medida, quedando ésta abocada a la precariedad y al desamparo”, afirma Pinto. El día 11, el TEDH remitió una pregunta al Estado español sobre qué soluciones de realojo alternativas van a proponer a la familia y en qué plazos para evitar la posible violación del artículo 3 del Convenio, y recibió una respuesta del IVIMA, firmada por su director gerente, Juan Van-Halen, en la que se hace hincapié en el hecho de la “ocupación ilegal” y se afirma que “la demandante no pretende la defensa de un derecho sino el reconocimiento de un privilegio”, para después referirse a una “amplia red de servicios de asistencia”, pero sin aportar ningún tipo de solución concreta.

Hijos de puta, no sólo la quieren deshauciar, encima ladran que su petición es la de el <<reconocimiento de un privilegio>>, vamos que es una delincuente okupa que se encuentra en situación ilegal con respecto a su morada, hay que ser muy hijo de puta y tener la mente muy retorcida para querer dar la vuelta a la tortilla de una manera tan incivilizada y torticera. Los del TEDH habrán flipado en colorines al escuchar las alegaciones por parte del ayuntamiento de Madrid, el de la capital de España vaya, seguro que se les habrá pasado por la cabeza eso de "Spain is diferent". Por lo visto el sadismo de esta gentuza no tiene límites, es insaciable, no tienen bastante con dejar a una madre soltera de 24 años y con dos niños pequeños que dependen de ella, además la criminalizan por okupa y si se pone farruca le quitan a sus hijos por desamparo, esta es la democracia de los "demócratas de toda la vida" chusma falangista que desprecia al pueblo y se cree superior cuando son infrahumanos.
 
Ante esta situación, el día 12 a las 20h el TEDH acordó de urgencia, “en interés de las partes y del buen desarrollo del procedimiento ante el Tribunal, no expulsar a la demandante y a sus hijos de la vivienda que ocupan”, además de la tramitación de urgencia de este caso y de mantener el anonimato de la familia para proteger su intimidad. En la comunicación remitida al TEDH junto al informe del IVIMA por Francisco de Asís Sanz Gandasegui, abogado del Estado, previamente a la decisión del tribunal de suspender el desahucio, mostraba su desacuerdo porque “someter a la consideración del Tribunal el criterio de la adopción de una medida cautelar en este caso, además de injustificada, puede ocasionar un precedente perjudicial (sic) para las personas que se encuentran en situación de necesidad”.
 
Con una opinión totalmente opuesta, el abogado César Pinto considera que este precedente es muy positivo, pues “en cierta manera es incluir dentro de los derechos fundamentales los derechos sociales como el de la vivienda”, y si el tribunal emite finalmente una sentencia condenatoria “sentaría también un precedente que puede servir como una línea de defensa”. De momento, el tribunal, tras la presentación de una demanda formal por parte de Pinto antes del 10 de enero, deberá decidir si la admite a trámite, algo muy probable dada su decisión de suspender cautelarmente el desalojo por posible vulneración del artículo 3. En este caso, el Gobierno español tendrá la opción de negociar con la familia una solución o bien esperar la sentencia, sabiendo que si es condenatoria significará el pago de una indemnización o el subsiguiente realojo de la familia, además de ahondar en el desprestigio del Estado, que ya ha sido condenado en varias ocasiones por el TEDH por vulneración de derechos fundamentales al igual que las reiteradas denuncias desde Amnistía Internacional por torturas y malos tratos en las cárceles entre otras cosas.
 
 
 

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