A la vez que se destacó su labor reformista por encima de todo, la República emitió diversas leyes ignoradas a propósito por la historiografía liberal orientadas a la defensa del Estado por métodos poco ortodoxos, cuando no inconstitucionales.
• Ley de Defensa de la República:
Aprobada en octubre de 1931, Azaña dijo de ella que era una «ley fundamental para consolidar la República» . Se trata de una ley preventiva, no para reprimir, sino para «evitar que el peligro nazca».
Libertad de prensa sólo para la burguesía |
Esta ley fue aplicada para realizar las célebres deportaciones totalmente ilegales e inconstitucionales de anarquistas a África, como las que sufrieron los recalcitrantes militantes libertarios Buenaventura Durruti, los hermanos Francisco y Domingo Ascaso… hasta llegar a un centenar en 1932, tras la fracasada insurrección de enero del mismo año, a bordo del tristemente célebre barco-prisión Buenos Aires, hecho que fue inmortalizado por el cantautor libertario Chicho Sánchez Ferlosio en su canción Destierro.
Sustitución mejorada en 1933 de la ley anterior. Es más draconiana, hasta el punto de poder suspender la Constitución del 9 de diciembre de 1931, paradigma del republicanismo progresista, en caso de verse necesario, como ante una insurrección anarquista, como de hecho ocurrió en varias ocasiones. Aplicada con demasiada frecuencia en huelgas hasta noviembre de 1933, que, con la victoria derechista en las elecciones, irónicamente éstos la aplicarían contra la izquierda, su creadora, visible en la represión que siguió a la insurrección de octubre de 1934.
• Ley de Vagos y Maleantes:
La historiografía «izquierdista» ha procurado desde hace décadas ocultar la autoría republicana de esta ley y achacársela única y exclusivamente al Franquismo, cuando este régimen sólo la modificó para añadir a los homosexuales entre sus perseguidos en 1954, basándose de todo su repertorio republicano previo. Esta ley fue creada en 1933 para acabar con los llamados «parásitos sociales» traficantes de drogas, pequeños delincuentes, prostitutas, vagabundos o gentes sin trabajo, proxenetas, mendigos…).
Pero no buscaba perseguirlos, pues ya estaban condenados por el Código Penal de 1932, sino añadir a la legislación la categoría del «estado de peligrosidad», una nomenclatura ambigua que establecía la posibilidad en potencia de cometer un delito a un individuo por el mero hecho de pertenecer a un determinado sesgo social marginado. Su arquitecto fue el «socialista» Luis Jiménez de Asúa, uno de los redactores de la Constitución de 1931, que la introdujo con un halo «progresista» de mejora en la legislación social y en la seguridad colectiva, para así calar mejor, suponiendo un salto cualitativo en cuanto a represión estatal.
Para la aplicación de esta ley fueron creados campos de concentración de los que a propósito nos ha quedado poca información. En ellos, bajo unas condiciones dignas del contemporáneo campo de Dachau cuyos creadores, los nazis, tanto fueron criticados por la oligarquía republicana, los reclusos trabajaban y pasaban hambre, muriendo muchos de ellos. Llegó a haber unos tres o cuatro levantamientos en los campos, auspiciados todos por el anarquismo. Entre ellos cabe destacar el desaparecido Castell de Figueras, última residencia del gobierno republicano en Cataluña en febrero de 1939, que fue dinamitado por el Ejército Popular Republicano al ser abandonado, con mucha documentación en su interior.
De nuevo, por ironías del destino la derecha utilizó esta ley contra sus propios creadores, pues éstos a su vez la utilizaban contra gente de «aspecto sospechoso», en especial obreros desocupados que buscaban trabajo, o se hallaban en su día libre, y en especial contra «rebeldes sociales», destacando entre éstos últimos a los libertarios exiliados de las dictaduras de Italia y Argentina carentes de papeles. También era común usarlo contra militantes de la CNT mientras pegaban carteles, hacían pintadas o repartían panfletos. Durruti y Ascaso fueron detenidos acusados de «vagabundeo» en 1933 en Andalucía mientras hacían campaña sindical, pese a haber ido con el total permiso de sus jefes del trabajo.
Significado de la II República
Al igual que había deseado el conservador y centralista presidente de la I República (1873) Emilio Castelar, la burguesía liberal española pretendía realizar una «República del Orden», pues sin orden no había lugar para tal democracia. Se basaban en el razonamiento de «si la monarquía era el desorden, la República tiene que ser el orden». Companys desde el mes de abril de 1931 ya pedía disciplina entre sus militantes catalanistas, sin desear mostrar debilidades políticas aprovechables por la oposición.
La estructura económica y la política económica de la II República fueron exactas a las usadas por la burguesía decenios antes, y en buen grado imitadas por Franco en la medida en que su situación internacional lo permitió. Políticamente, en efecto la II República fue la primera experiencia realmente «democrática» en el Estado español tal y como la entendemos ahora, con derechos sociales, integración femenina, parlamentarismo… y por tanto el primer gran paso para establecer efectivamente el control social digno de la «democracia liberal». El incremento del Estado puede verse en el aumento de la plantilla funcionarial (de la que el 97% el 18 de julio de 1936 se sublevó, engrosando las filas del futuro Estado franquista, y sus hijos las del actual), pero especialmente en la plantilla policial: mantenimiento de la Guardia Civil (integrada aún más en el sistema como Guardia Nacional Republicana en la guerra civil, principal represora de ocupaciones agrarias y motines rurales), Guardia de Asalto (genuinamente republicana y experta en la ejecución de detenciones políticas, desalojos urbanos y represión de disturbios y manifestaciones, el antecedente directo de lo que sería la Policía Armada franquista, y su directo sucesor, el actual Cuerpo Nacional de Policía), incremento de los cuerpos policiales ya existentes (municipales, locales, Mossos d’Esquadra…) y creación de otros nuevos bajo la coyuntura bélica (la Ertzaina, creada por el gobierno vasco del Partido Nacionalista Vasco de octubre de 1936, para evitar una revolución social en Euskadi y normalmente usada contra la población urbana cuando ejecutaba partidarios de Franco o prisioneros del Ejército Nacional).
En los últimos años, muerto el dictador y llegando un renovado PSOE a la presidencia del gobierno, hemos visto una frecuente propaganda mitificadora de la II República, y con deseos de establecer una III. Comentarios como el de Zapatero hace seis años que decía «tenemos un rey muy republicano», o estatolatrías republicanas como la del diario Público en el reciente LXXX aniversario de la proclamación de la República, amén de la respectiva manifestación anual y las continuas pancartas añorantes de dicho régimen en pro de hallar crédito político sobre una población políticamente poco docta, pero suficientemente consciente como para votar por un partido u otro o enarbolar una bandera u otra, nos hacen ver que los mitos de la II República han calado en buena parte de la izquierda, tanto burguesa como marxista, logrando con ello una respectiva desmovilización y una aceptación indirecta del sistema, ese mismo sistema que en los convulsos finales de los años 70’ supo integrar la herencia física directa de la oligarquía franquista con las ideas aperturistas, reformistas, integradoras y desmovilizadoras de la II República, para dar pie a un sistema político cuyo pilar, la Constitución de 1978, debe buena parte de su cuerpo teórico y su actual permanencia a una mitificación de la supuesta» democracia» liberal del pasado, de la que la II República es su más vistoso y eficiente estandarte.
Chris Ealham. 3 de mayo de 2011, 74º aniversario del inicio de los Sucesos de Mayo en Barcelona.
Descargar el texto completo en varios formatos:
http://es.theanarchistlibrary.org/library/distri-maligna-los-mitos-de-la-ii-republica.pdf
https://distribuidorapeligrosidadsocial.files.wordpress.com/2011/11/los-mitos-de-la-ii-repc3bablica.pdf
Constitución II República española:
-en Pdf; http://www.congreso.es/docu/constituciones/1931/1931_cd.pdf
-en epub; https://www.epublibre.org/libro/detalle/16350
Ley para la defensa de la II República española:
http://www.alianzaeditorial.es/minisites/manual_web/3491170/CAPITULO1/DOCUMENTOS/2_LeyDefensaRep.pdf
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