Denuncia De La CNT-AIT Contra El Franquismo (Parte general-18-12-12)


Denuncia que presenta la:


CONFEDERACIÓN NACIONAL DEL TRABAJO (CNT-AIT), sindicato miembro de la ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE LOS TRABAJADORES (AIT/IWA International Workers Association)


A la jueza Sra. María Romilda Servini de Cubría, Cámara Federal de Buenos Aires, Argentina. Por la represión ejercida contra la CNT-AIT y el Movimiento Libertario durante el régimen franquista (17 de julio de 1936 - 17 de octubre de 1977), en relación con la Querella 4591/10 N.N. Genocidio, Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nº 1, Secretaría nº 1, Buenos Aires, República Argentina.


Madrid, 12 de noviembre de 2012



Por la CNT-AIT



Alfonso Álvarez Osuna, Secretario General. Denuncia de la CNT-AIT contra el genocidio franquista, querella 4591/10 N.N., Argentina 1 Confederación Nacional del Trabajo


El objeto de la presente iniciativa de la CNT-AIT es el de personarse como DENUNCIANTE, en relación con el proceso de persecución física, política y social ocurrido con el golpe militar que se inicia en España el 17 de julio de 1936, prolongado luego hasta la promulgación de la Ley de Amnistía de 1977 (Ley 46/77 de 17 de octubre de 1977), con la que oficialmente el Gobierno español de ese momento cerraba página del llamado régimen franquista, instaurado por la fuerza y basado en la violencia física y social, cuyo máximo dirigente y ejecutor fue el general Francisco Franco con la colaboración necesaria de diferentes sectores militares, políticos y eclesiásticos católicos implicados en el golpe violento de su autoría y dirección.



De este modo la CNT-AIT se suma a otras acciones emprendidas bajo la fórmula de querella ante los juzgados de Argentina, por parte de familiares de asesinados y desaparecidos, asociaciones de recuperación de la memoria histórica y demás entidades personadas en el caso.


Personado como denunciante, este sindicato aporta en documentos adjuntos listas de sus militantes represaliados por el franquismo, testimonios y declaraciones de testigos presenciales y supervivientes en formato DVD, así como documentación relativa al expolio e incautación de bienes muebles, inmuebles y cuentas bancarias pertenecientes a la CNT-AIT.


Especial interés presenta para esta confederación emprender las acciones oportunas para derogar y dejar sin efecto dicha Ley de Amnistía de 1977, ya que ésta impide en la práctica poder investigar los crímenes del régimen franquista, teniendo en cuenta además que la justicia española realiza a entender de este sindicato una torcida e interesada valoración del Código Penal de 1932, pese que a posteriori, España ha signado otros tantos acuerdos jurídicos internacionales que ponen en duda la validez de tal pronunciamiento de la Fiscalía española hecho en 2008.


Del mismo modo la CNT-AIT coincide con los planteamientos del Comité para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas en su recomendación de 2009, al entender que la Ley de Amnistía incumple flagrantemente la normativa internacional en materia de Derechos Humanos, especialmente en lo que atañe a los capítulos de genocidio y desaparición forzada, apoyando igualmente el posicionamiento de Navanethem Pillay, representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, al pedir formalmente el 10 de febrero de 2012 su derogación al Gobierno de España, al entender que incumple la normativa internacional sobre Derechos Humanos e impide en particular, entre otros, el derecho de reparación.


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